Liga de Empresas de Pelota a Mano

Eskuzko Pilota Enpresen Liga

CIRCULAR INFORMATIVA

 

16 – diciembre – 2015

 

A través de la presente circular se informa que con fecha 15 de diciembre de 2015 los órganos rectores de la Liga de Empresas de Pelota a Mano han procedido a modificar el Reglamento de Elecciones de Material de dicha entidad al objeto de regular el tratamiento de aplicación y eliminación de productos (sebos, cremas, etc.) a las pelotas.

 

En concreto, se han incorporado dos apartados en el artículo 20 del Reglamento de Elecciones de Material de la LEPM, siendo indicado lo siguiente:

 

5. Antes de procederse al precintado de la caja donde queden depositadas las pelotas -bajo la presencia, supervisión y autorizaicón del  seleccionador de material-, los intendentes podrán aplicar a aquellas el producto (sebo, crema o similar) que se considere preciso para la conservación de las mismas.

 

6. Una vez que sean aplicados tales productos a las pelotas el dia de la elección de material, ni pelotaris, ni botilleros, ni intendentes, ni jueces podrán manipular las pelotas. A tal efecto, se entiende por manipular las pelotas tanto quitar los productos que se habrían podido aplicar, como aplicar cualquier producto.

 

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